
Contabilizar Atrasos Simultáneos

En ausencia de cualquier lenguaje contractual u otros acuerdos, la regla convencional que rige la compensación es que el reclamante debe primero tener en cuenta las demoras simultáneas al cuantificar la duración de la demora a la que se aplica la compensación. Es decir, el contratista no puede recuperar daños por demora en la medida en que los retrasos simultáneos, causados por el contratista, compensen los retrasos causados por el propietario y, por el otro lado, el propietario no puede recuperar daños por demora liquidados/estipulados o reales en la medida en que los retrasos simultáneos causados por el propietario compensen retrasos causados por el contratista.
La evaluación se desarrolla en dos pasos distintos. En primer lugar, se analiza individualmente la responsabilidad por cada evento de retraso. La clasificación se realiza, principalmente, según la responsabilidad por la causa del retraso, pero también puede considerar la asignación del riesgo contractual del evento de retraso independientemente de la parte que lo provocó. El segundo paso consiste en evaluar si cada evento de demora es simultáneo con otros tipos de demoras, para llegar a la conclusión final de ser excusable, ser compensable o ser no excusable.
"Los retrasos identificados se clasificarán como retraso del contratista, retraso del propietario o retraso por fuerza mayor. Luego evaluar si cada evento de demora es simultáneo con otros tipos de demoras, para llegar a la conclusión final de ser excusable, ser compensable o ser no excusable."
Como se desprende de la lista de definiciones existentes, el uso común actual de los términos compensable, excusable y no excusable es confuso porque los analistas suelen utilizar esos términos para caracterizar la asignación de responsabilidad realizada en el primer paso. Para efectos de este documento, los retrasos identificados en el primer paso se clasificarán como: retraso del contratista, retraso del propietario o retraso por fuerza mayor.
Un retraso del contratista es cualquier evento de retraso causado por el contratista o cuyo riesgo ha sido asignado únicamente al contratista. Si el retraso del contratista se encuentra en la ruta crítica, en ausencia de otros tipos de retrasos simultáneos, al contratista no se le concede una extensión del tiempo del contrato ni una compensación adicional por los daños relacionados con el retraso. Tal retraso puede exponer al contratista a una reclamación por daños y perjuicios por parte del propietario.
Un retraso del propietario es cualquier evento de retraso causado por el propietario, o cuyo riesgo ha sido asignado únicamente al propietario. Si la demora del propietario se encuentra en la ruta crítica, en ausencia de otros tipos de demoras simultáneas, se concede al contratista tanto una extensión del tiempo del contrato como una compensación adicional por los daños relacionados con la demora.
Una demora por fuerza mayor es cualquier evento de demora causado por algo o alguien distinto del propietario (incluidos sus agentes) o el contratista (o sus agentes), o cuyo riesgo no ha sido asignado únicamente al propietario o al contratista. Si el retraso por fuerza mayor se encuentra en la ruta crítica, se concede al contratista una extensión del plazo del contrato, pero no recibe compensación adicional por los daños relacionados con el retraso, incluso si hay un retraso simultáneo.
Después de que se determina la responsabilidad en el primer paso, el segundo paso requiere una determinación de concurrencia. Las diversas permutaciones de escenarios de concurrencia se resumen a continuación:

La información descrita en este artículo ha sido extraida de la práctica recomendada de la AACE "29r-03 Forensic Schedule Impact Analysis".